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Impuestos sobre Bitcoin y criptomonedas, ¿qué deberías saber?

Si bien en España tanto el Bitcoin como las demás criptomonedas no cuentan aún con un marco legal nítidamente establecido, eso no quiere decir que su uso y acumulación sea ilegal. En absoluto. Sin embargo, sí tienes que tener tan claro como las autoridades, cuáles son las obligaciones que asumes al operar con ellas, para evitar problemas. Por eso, en las siguientes líneas, vamos a detenernos en un aspecto poco comentado pero sumamente importante: los impuestos sobre el Bitcoin y las otras criptomonedas. Como para que no te tomen por sorpresa.

En efecto, lo primero que debes tener en cuenta es que si mueves tus inversiones a través de Bitcoin Era Acceso o cualquier otra plataforma intermediaria, la Agencia Tributaria puede saberlo. Por lo tanto, es mejor evitar los engaños a la Ley, y recomendamos mantenernos dentro de las normativas vigentes que, por otro lado, podría cambiar pronto.

No obstante, con las disposiciones actuales tenemos suficiente como para comprender que todos los usuarios de Bitcoins y demás monedas virtuales, debemos pagar impuestos en determinadas situaciones.

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¿Qué impuestos corresponden al usar Bitcoin y criptomonedas?

Como probablemente ya sepas, algunos de los tributos más habituales en España son el Impuesto de la Renta (IRPF), el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Impuesto sobre el Patrimonio (IP). Adicionalmente, tenemos otros que están relacionados con los ámbitos de las comunidades, provinciales o municipales. Aparecen el Impuesto sobre Sociedades (IS), Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), o de Sucesiones y Donaciones (ISD), etc.

El asunto es que, por la falta de una regulación específica que comentábamos antes, muchas de las personas que operan frecuentemente con criptomonedas, no conocen a ciencia cierta cuáles de estos tributos tienen que pagar.

En líneas generales, y más allá de los detalles que deberías consultar con un profesional de acuerdo a tu situación, podemos decir que se debe hacer un descargado siempre que hayamos ganado dinero. Si saltamos de una criptomoneda a otra, y en nuestra primera declaración disponíamos de 10.000 euros en estos activos, y gracias a nuestra habilidad ahora contamos con 12.000 euros, hay que informar sobre esos 2.000 euros de ganancias.

Eso sí, si no mueves tus criptomonedas de unas a otras, no tienes que hacer ninguna declaración. Es decir, aunque el Bitcoin suba de precio, como viene ocurriendo en las últimas semanas, no tienes que declarar ninguna ganancia, pero sí debes de declarar la pertenencia de dicha moneda.

Asimismo, las criptomonedas como tal no pagan IVA cuando las compras o vendes. Pero si te aprovechas de tu saldo para adquirir artículos, sí tendrás que pagar el IVA correspondiente a los mismos, normalmente del 10%.

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¿Qué pasa con otras actividades con criptomonedas?

En caso de que mines criptomonedas, sea Bitcoin o cualquier otra, Hacienda ya ha sido muy elocuente al respecto: se trata de una actividad económica. Como tal, debe cumplir con sus obligaciones fiscales y de seguridad social. Además de eso, es fundamental señalar que no tienen que facturar con IVA, ya que no hay clientes definidos.

Más complicadas son las circunstancias en el cloud mining, el lending, los airdrops y otros movimientos que escapan a la legislación corriente, y probablemente sean abarcados en próximas actualizaciones. En estos casos, se suele aconsejar que asociemos nuestra actividad a la de otros productos o servicios ya existentes y regulados.

No olvides el Impuesto sobre el Patrimonio

Como su propio nombre lo indica, el Impuesto del Patrimonio te obliga a tributar por los bienes que tienes al final de cada período. A su vez, cada Comunidad Autónoma establece un mínimo exento, para que sólo los que tienen un patrimonio alto tengan que pagar por dicho impuesto. Esas cifras pueden ir desde los 400.000 a los 700.000 euros.

Para que no se te pase por alto, el 31 de diciembre tendrás que valorar tus criptomonedas, y sumar su valor al resto de los bienes que poseas, como viviendas, cuentas corrientes, acciones, etc.

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Si pierdo dinero, ¿tengo que pagar igual?

Ésta es una de las consultas más recurrentes cuando se trata de impuestos sobre el Bitcoin y las criptomonedas.

Como es de público conocimiento, apostar por el Bitcoin y las criptomonedas también puede llevar a perder dinero. Tenemos buenas noticias para ti si, lamentablemente, tus inversiones en monedas virtuales han ido mal.

Es que puedes compensar tus ganancias con otros activos con las pérdidas en criptomonedas. Eso quiere decir que, si has ganado 20.000 euros en otros activos, y perdido 10.000 euros en criptomonedas, debes tributar por esos 10.000 euros de ganancias reales. Por supuesto, todo supeditado a cada usuario y panorama.

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